jueves, 24 de junio de 2010

COLOMBIA: ¿QUIÉN Y CÓMO DEBE ELEGIR AL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN?

En Colombia, el Fiscal General de la Nación lo designa la Corte Suprema de Justicia de una terna enviada por el Presidente de la República. Esta combinación busca reconocer que el poder ejecutivo debe participar en la elección de la persona que dirige la persecución penal pública pues tiene un rol en la política criminal del Estado, así como, que la rama judicial debe participar en la elección del máximo jefe de la Fiscalía pues ésta pertenece a dicho poder público. En la gran mayoría de países de las Américas, la Fiscalía es un órgano autónomo e independiente de las tres ramas del poder público, y por ello en varios países, la elección del Fiscal General compromete al poder ejecutivo, al legislativo y al judicial.

En Colombia, desde mediados de 2009 no ha sido posible la elección del Fiscal General, pues ninguno de los ternados por el Presidente ha alcanzado la votación requerida en la Corte Suprema de Justicia. Esta situación es nefasta para un país que enfrenta situaciones complejas de criminalidad y necesita un órgano fuerte, sólido y estable para desarrollar la persecución penal pública. Pero, ¿cuál es el motivo por el cual no se ha elegido al Fiscal General? Aunque los innumerables enfrentamientos entre el poder ejecutivo y el judicial pueden influir en esto, existe un debate sobre ¿cuáles deben ser las calidades del Fiscal General y si ellas requieren estar taxativamente determinadas en la ley? En efecto, la mayoría de candidatos presentados por el Presidente adolecen de experiencia en materia penal, por lo que la Corte ha considerado que no son idóneos mientras que el Presidente considera que si lo son, pues cumplen los requisitos establecidos para ser Fiscal entre los cuales no se encuentra tener experiencia o conocimiento en materia penal.

Ello ha generado propuestas para modificar la forma de elección del Fiscal General en Colombia. Algunos proponen que sea el poder ejecutivo quien lo elija, mientras que otros sugieren que el Presidente lo designe de una lista enviada por la Corte Suprema. Sin embargo, creo que dos reflexiones han estado ausentes en el debate. La primera, es que dado que la política criminal es una política de Estado, es necesario que la designación del Fiscal General involucre a las distintas ramas del poder público y no solo a una de ellas. Y la segunda, es que más allá de los requisitos legales para ser Fiscal General, deben existir criterios públicos y objetivos de selección del Fiscal y sentido común en su designación. En efecto, el hecho de que la Constitución no diga que debe ser un penalista no quiere decir que existiendo penalistas de altas calidades se designe a un administrativista; ni tampoco, que no se conozcan los criterios de evaluación y selección utilizados por quien designa al Fiscal General. En resumen, la elección del Fiscal General debería involucrar no solo a las ramas del poder público sino también, debería responder a un proceso de selección objetiva en el que la opinión pública conozca los criterios de evaluación y selección empleados por la autoridad que designa.

Carolina Villadiego Burbano

viernes, 18 de junio de 2010

SEMINARIO SOBRE ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY

4.154 delitos cometidos por menores se registraron en Ecuador durante el 2009, según reportes oficiales. En la provincia de Pichincha se presentaron 669 denuncias en contra de adolescentes infractores, lo que significa el 16,1%; seguidas de Guayas, 12.7%; Manabí 8,4%; Los Rios 7,8%; y, Santo Domingo 6,9%. Estas cifras preocupan tanto a los operadores de justicia, como a la sociedad ecuatoriana.

La Defensoría Pública ha organizado un Seminario Taller sobre adolescentes en conflicto con la ley, con el propósito de analizar las experiencias y buenas prácticas de defensores, jueces y fiscales nacionales y extranjeros en su trabajo con menores infractores.

En el evento, que se realizará el 22, 23 y 24 del presente mes en el paraninfo de la Universidad Andina Simón Bolívar, participarán Marie Pierre Hourcarde, jueza de menores de Francia, Claudia Flores, experta colombiana, Arturo Márquez, Farith Simón, Pablo Valverde y Rodrigo Campaña, de Ecuador, jueces de Colombia, Venezuela, Perú y Bolivia.

En la inauguración intervendrá el Ministro de Justicia, José Serrano y el Director Nacional de la Defensoría, Ernesto Pazmiño, quien resaltó el esfuerzo de la entidad para ampliar paulatinamente los servicios de defensa a los ámbitos de niñez y adolescencia y laboral, sobre la base del Art. 191 de la Constitución.
Asimismo, reiteró en la necesidad de aunar esfuerzos entre las instituciones del ramo para mejorar las perspectivas de reeducación a las/os adolescentes en conflicto con la ley. La contribución de la Defensoría Pública al conocimiento de los operadores de justicia en esta materia contribuirá a la solución de conflictos y al mejoramiento del acceso a la justicia en forma ágil, eficiente y oportuna, anotó.
La capacitación cuenta con el apoyo de la Embajada de Francia y la Cooperación Regional para los Países Andinos.

COLOMBIA: PROBLEMAS POR LA COEXISTENCIA DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y EL SISTEMA INQUISITIVO

En Colombia, la implementación del sistema penal acusatorio se hizo gradualmente entre el 2005 y el 2008, pero hubo falencias en la definición del régimen de derogatoria y vigencia del sistema procesal inquisitivo anterior. Este último conoce todos los hechos delictivos que ocurrieron con anterioridad a la entrada en vigencia del sistema acusatorio, lo que tiene dos implicaciones concretas. La primera, es que la Fiscalía General –que existía antes de la entrada en vigencia del sistema penal acusatorio pues ejercía como “juez de instrucción”- debe tramitar casos tanto en el sistema penal acusatorio como en el régimen anterior, lo que hace altamente improbable que se desprenda de todas las prácticas inquisitivas acuñadas durante años. La segunda, es que el sistema procesal anterior estará vigente varios años pues existen delitos imprescriptibles y otros que prescriben en 18 años.


Lo anterior genera varias consecuencias para la incorporación y apropiación definitiva del sistema penal acusatorio en Colombia. La primera, es que mientras exista el sistema procesal penal anterior y en éste la Fiscalía continúe con funciones judiciales, es altamente improbable que la Fiscalía comprenda que la persecución penal que adelanta en el marco del sistema acusatorio no es una función judicial. La segunda, es que es altamente improbable que se entienda en el marco del sistema penal acusatorio que los fiscales no tienen “independencia judicial”, pues la función de investigación y acusación no es una función judicial. Y la tercera, es que es muy difícil que se logre el cambio cultural requerido para la apropiación definitiva del sistema penal acusatorio mientras existan dos sistemas procesal penales con principios y orientaciones totalmente distintas.


Por este motivo, la Comisión de Reforma a la Justicia sugirió estudiar la necesidad de unificar el esquema procesal penal. A este respecto, una idea interesante es expedir una “ley de caducidad procesal”, es decir, una norma que fije un plazo perentorio después del cual todo hecho punible denunciado, independientemente de la fecha en la que ocurrió, se tramite por el sistema penal acusatorio. Para conocer más información sobre esta propuesta y el Informe Final de la Comisión, véase: http://www.cej.org.co/comision


Carolina Villadiego Burbano


martes, 15 de junio de 2010

Presentaron anteproyecto de reforma del Código Procesal Penal

El proceso de reforma del Código Procesal Penal de la provincia avanza a paso firme en la Legislatura. La coordinadora de la comisión interpoderes, Carla Pandolfi, expuso hoy un informe del anteproyecto que plantea un nuevo Código Procesal Penal ante los diputados de Asuntos Constitucionales y Justicia. En la ocasión, Pandolfi destacó como eje central de la propuesta el reemplazo del actual sistema procesal penal de tipo “inquisitivo reformado” por uno adversarial que incluye los requerimientos constitucionales y pactos internacionales incorporados con la reforma de 1994. El presidente de la comisión, José Russo, explicó que la próxima instancia es la convocatoria a la Comisión Interpoderes para que comience a funcionar específicamente en la elaboración del proyecto final.

Durante la exposición, Pandolfi explicó que el proceso adversarial permitirá dividir las tareas de investigación y juzgamiento que, en el actual sistema, se encuentran concentradas en el juez de instrucción. A la vez, subrayó el rol fundamental de la oralidad en todas las etapas del proceso penal, reforma que promueve la participación ciudadana al permitir la asistencia a las audiencias públicas desde un primer momento. Pandolfi hizo hincapié en el cambio sustancial que implica esa posibilidad ya que en la actualidad, las decisiones se toman por escrito y sólo las partes pueden acceder a ellas.

En otro tramo, la coordinadora detalló como principios básicos del proceso la inmediación, celeridad, bilateralidad, simplicidad, publicidad, transparencia e imparcialidad. Añadió que la iniciativa contempla mecanismos alternativos de solución de conflictos como la mediación, la conciliación y los criterios de oportunidad. “La idea es que los casos más sencillos se resuelvan en las etapas previas al juicio y que sólo vayan a esa instancia las causas más importantes”, argumentó.

Pandolfi señaló que el proceso adversarial consta de tres etapas: la preparatoria, que incluye la investigación ‘deformalizada’, construcción del caso, visión estratégica e identificación de pruebas; la intermedia, donde se produce el control del mérito de la acusación; y la etapa de juicio. La propuesta jerarquiza la tarea de juzgamiento al liberar al juez de toda tarea administrativa y desvincularlo de la responsabilidad persecutoria y probatoria en general, que recaerá en la oficina Judicial y el Ministerio Público Fiscal, respectivamente. Además, reestructura los recursos humanos, introduce el juicio por jurados y propone la creación del Colegio de Jueces y la Oficina judicial, entre otros puntos.

Al explicar los temas pendientes de discusión y decisión política, Pandolfi se refirió a las facultades de la víctima querellante en el proceso penal, la regulación de casos especiales de querellas –“Querella colectiva”-, el ámbito de actuación de los jurados populares y el reconocimiento de la aplicación del derecho indígena para los conflictos intra-comunitarios.

Luego del informe, el diputado Marcelo Inaudi dijo que la reforma “va a ser el paradigma de esta gestión legislativa” y valoró la instancia del juicio por jurados que permitirá “legitimar las decisiones judiciales y promover la participación ciudadana en la administración de justicia”.

El trabajo coordinado por Pandolfi se limitó a los aspectos técnicos de la actualización procesal penal. La Comisión Interpoderes para la Reforma Procesal Penal fue creada por resolución Nº 737/08 y funcionó, en esta etapa, en el ámbito de la Legislatura desde agosto de 2009 hasta marzo de este año. Participan representantes de los tres poderes del Estado, asesores de todos los bloques legislativos, Asociación de Magistrados, Instituto del Colegio de Abogados de Neuquén y la Policía provincial.

lunes, 14 de junio de 2010

Proyecto de Ley Código Procesal Federal

Una vez más (quinto intento desde el Proyecto Maier), volvemos a intentar instalar en el orden federal el proceso penal según Constitución. Pueden acceder con el siguiente link al texto del Proyecto de Ley Código Procesal, expediente 4050-D-2010, firmado por los diputados Albrieu, Rossi y Barrandegui, del FPV, Stolbizer, del GEN, y Vega de la CC, que el día 9 de junio de 2010 ingresó a la Cámara de Diputados.
Este proyecto está basado en el anterior Proyecto INECIP (expte. 2589-D-04, firmado por las diputadas Falbo, Stolbizer y Rodríguez), actualizado y enriquecido con los aportes del Anteproyecto de la comisión del Ministerio de Justicia que coordinó el Dr. Beraldi. En los próximos días comenzaremos a dar una idea de las principales líneas del proyecto.
Bueno, otra vez a discutir reforma federal. Los que estén a favor difundan y defiendan. Los que no estén de acuerdo, opónganse fuertemente y demuestren nuestros errores, que el conocimiento, como dice Foucault que dice Nietszche, es como "una centella que brota del choque entre dos espadas".

Defensa Pública para reclamos de pensiones alimenticias


La mirada esquiva y desconfiada de Rocío se endurece aún más cuando recuerda el juicio en el cual -hace 18 años- la edad que hoy tiene su hija Gabriela, se fijó una pensión de 100 sucres (US$ 4) mensuales para los alimentos de la niña.
El padre de la menor nunca reconoció a su hija ni tampoco la buscó. Ella no lo conoce. Durante el juicio, el abogado del padre de la menor trató a Rocío como “una loca que atrapó al primero que pasaba por la calle y le atribuyó la paternidad de su hija”.
Desde entonces ese monto solo cambió de nombre, de 100 sucres a 4 dólares, que son los que Rocío gasta en un día en transporte en bus para movilizarse desde su casa a los consultorios legales y los juzgados.
De momento su caso es tramitado por una defensora pública que ya ha solicitado el alza de la pensión alimenticia y espera una resolución favorable del juez en una semana.
Decenas de casos como éste se presentan a diario en la Unidad de Defensoría Pública Penal de Ecuador, que desde el 1 de marzo del presente año asumió el patrocinio y defensa de las madres que demandan alimentos para sus hijos.
El Director Nacional de la entidad, Ernesto Pazmiño, subrayó que este servicio es totalmente gratuito y que el pedido pueden realizarlo la madre, el padre o la persona que esté a cargo del menor, para que un juez de la Niñez y Adolescencia fije una pensión mensual de alimentos a favor de un niño, niña o adolescente para gastos de alimentación, vestido, educación, salud, vivienda y recreación.
También pueden solicitarla directamente las personas adultas de 18 a 21 años, que se encuentren estudiando, las madres en estado de embarazo, los adolescentes mayores de 15 años y las personas con discapacidad, de cualquier edad, que no puedan subsistir por sí mismas.
Recordó que, de conformidad con el Código de la Niñez y Adolescencia, el valor de la pensión depende de los ingresos económicos del progenitor y la edad y necesidades del niño(a) o adolescente. La mínima es de US$ 65,28 por un hijo, cantidad que puede ser incrementada por el juez, de acuerdo con las pruebas presentadas en el juicio.
Pazmiño invitó a las madres y personas que están al cuidado de niños, niñas y adolescentes a presentar su demanda, acercándose a las oficinas de la Defensoría Pública y solicitando asesoramiento para llenar los formularios, organizar la documentación y preparar la demanda. Los defensores están capacitados para brindarle un servicio inmediato y de calidad.
La Defensoría ofrece sus servicios gratuitos en todas las provincias del país. Las personas interesadas pueden llamar, sin costo, al teléfono: 1800-DEFENSA (1800-333367) o a los teléfonos de Quito 3237524, Guayaquil 04-2526409 y Cuenca 072 – 808773.
La ampliación de la cobertura del servicio de la entidad, que anteriormente se ocupaba solo del área penal, se sustenta en el Art. 191 de la Constitución de la República del Ecuador.

Una historia de vida y solidaridad

Gábor Iványi, rector del John Wesley Theological College de Budapest (i), Ernesto Pazmiño, Director de la Defensoría Pública (c) y Rafael Pizarro (d).

¿Cuándo me atiende doctor? Le pregunta una guía penitenciaria a Rafael Pizarro en el ingreso al Centro de Rehabilitación Social 3, a donde acudió a visitar a un ciudadano húngaro. Ella no ha olvidado al médico que le atendía gratuitamente durante el tiempo en que Nelson, hijo de Rafael, estuvo detenido.

Nelson, estudiante de filosofía, quien ahora tiene 30 años, estuvo preso desde el 2001, fue condenado a cumplir ocho años de reclusión por tráfico de drogas. “Quería ser rabino. Como parte de mis estudios vine a investigar a las comunidades judías de Ecuador. Cuando retornaba a mi país, unos amigos me pidieron que llevara artesanías a un profesor de la universidad donde estudiaba. Yo no sabía que las figuras de madera contenían droga”, dijo entonces a la prensa.

En el 2007, cuando gozaba de prelibertad, le detectaron un tumor maligno en el testículo derecho. Se sometió a una cirugía. Cuando creyó que su sufrimiento había terminado, el diagnóstico médico determinó que tenía cáncer terminal en el hígado, los riñones y el estómago, pues no se sometió a tiempo una quimioterapia; en la cárcel no podía acceder a una adecuada atención médica.


En su angustia por salvarle la vida, su padre realizó una peregrinación al interior del sistema penitenciario para pedir el indulto. Fue con abogados a la Dirección de Rehabilitación Social, a la Corte de Justicia, ante las autoridades de su país y en noviembre del 2007 la Defensoría Pública Penal escuchó sus pedidos e inició el trámite para concederle la gracia, que le fue dada el 18 de mayo de 2008 por el presidente de la República, Rafael Correa, a través del decretro 1095.

En abril, la comisión médica que llevó el Ministerio de Justicia a las cárceles constató la deplorable situación en la que viven los reos, muchos de ellos se debaten entre la vida y la muerte sin medicinas, alimentación adecuada ni cuidados médicos.


Su padre dice que vivió una etapa muy dura, pues desde que su único hijo fue detenido debía pagar a un interno de $ 100 a $ 300 “para que lo cuide y no le hagan daño”. Incluso llegó a comprar la celda. “Cuando mi hijo estaba en el pabellón C de la cárcel 1 tuve que comprar el lugar”. Al poco tiempo “se aprovecharon de que yo salí del país y lo botaron de ese sitio para venderle a otra persona”.

Ya en Hungría; Nelson fue sometido a un nuevo tratamiento y varias operaciones. Recuperó no solo su salud, sino su familia y su alegría. Ahora dicta conferencias en colegios y universidades de varios países de Euuropa, contando a los jóvenes su experiencia y alertándolos sobre los peligros de las drogas.

Pasaron ya dos años, para Rafael los malos recuerdos quedaron atrás y es hora de ayudar a sus compatriotas que viven circunstancias difíciles en las cárceles de Ecuador y otros países de América Latina. En Quito visitaron a las y los ciudadanos húngaros y rumanos que están privados de libertad, a fin de ayudarles con sus procesos, entregarles víveres, vituallas y, sobre todo, el consuelo de una voz amiga que, en su idioma, renueva la esperanza de vida y de libertad.


Noemí Ulloa desde Ecuador.

Política y Jueces

Hace unos días publiqué un post en el que invito a discutir sobre la vinculación entre el Ministerio Público y la política, sin prejuicios y sin escandalizarnos.
Pero como siempre voy por más, permítanme recomendar para la reflexión o la polémica un artículo publicado en el medio Diario HOY en la noticia, que es un diario de masiva distribución gratuita (además de la edición electrónica) de la ciudad de La Plata, capital de mi provincia.
Seguro que podemos teorizar sobre la independencia de los jueces, escribir libros, artículos y monografías, dar conferencias y clases. Pero -afortunadamente- siempre habrá un periodista para hacernos recordar que allá está el mundo real.
Desde mis treinta y un años de ciudadano -casi todos en ejercicio doloso del cargo-, veintiuno de Abogado y once de fiscal, mi modesta experiencia me dice que lo que allí se cuenta es una pintura hiperrealista (para no decir una foto) de lo que sucede.
Nada de lo que aquí escribo debe considerarse una valoración de la realidad descripta en la nota, sino mero compartimiento de información. Sólo les pido que lean ese artículo, lo que no insume más de cinco minutos.
Después, si quieren seguimos hablando de fábulas y realidades.

viernes, 11 de junio de 2010

El Congreso aprobo adelantar el Nuevo Codigo Procesal Penal en Lima para casos de Corrupcion de Funcionarios

El Congreso de la República acordó adelantar la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en todo el país para los delitos de corrupción de funcionarios públicos (arts. 382 al 401 del Código Penal), en los casos donde no hubiera acusación fiscal, conservándose los actos procesales realizados. Sin embargo, continuarán rigiéndose por el viejo Código de Procedimientos Penales: los medios impugnatorios interpuestos, los actos procesales con proceso de ejecución y los plazos que hubieran empezado.

Segun el proyecto entonces aquellos casos en los que ya se abrio instruccion (formalizo investigacion segun el nuevo codigo) continuaran con el Codigo de Procedimientos Penales, pues a partir de la apertura de instruccion (instancia judicial) empiezan a correr los plazos. Entonces se adecuarian aquellos casos que todavia estan en la fiscalia a la fecha de la entrada en vigencia (investigacion preliminar) pues la fiscalia no tiene plazos para investigar segun el antiguo sistema. En consecuencia, los casos mas graves de corrupcion de este gobierno terminarian con el codigo anterior.
Por otro lado, se aprobó la aplicación de procedimiento inmediato y las modificaciones a la Ley de Carrera Judicial y Ley Orgánica del Ministerio Público referidas a la celeridad procesal.El dictamen de la Comisión de Justicia fue sancionado, en primera votación, con 74 votos a favor, 28 en contra y tres abstenciones. Quedó expedito para su promulgación al ser exonerado del requisito de segunda votación con 72 votos a favor, 34 en contra y ninguna abstención.El presidente del Congreso, Luis Alva Castro, destacó que la ley aprobada hoy por el Pleno y que dispone la aplicación inmediata del Código Procesal Penal para delitos cometidos por funcionarios públicos, es un instrumento fundamental en la lucha contra la corrupción en el país.Alva Castro dijo que una justicia lenta no es justicia. “Este instrumento será fundamental para sancionar a los corruptos y es una sería advertencia para quienes pretendan corromperse”, acotó.

Respecto a estas afirmaciones del Presidente del Congreso no se hasta que punto sean ciertas, pues un codigo que entra en vigencia colisionando con el proceso de implementacion progresiva, solo por acuerdos politicos, sin la debida capacitacion, ni planificacion, sin monitoreo y seguimiento adecuados, sin informes cuantitativos y cualitativos que den cuenta de como relamente se esta implementando el nuevo codigo en los distritos donde esta vigente y sus resultados ¿realmente es una medida adecuada en la lucha contra la corrupcion? no lo creo.

En Lima, el mayor procentaje de sus habitantes no tiene idea de que existe un nuevo codigo, en que consiste, ni siquiera que el Ministerio Publico es una institucion distinta e independiente del Poder Judicial, no hay una verdadera difusión. Este proyecto ha "atropellado" a la Comision Especial de Implementacion presidida por el Ministerio de Justicia que era la unica que tenia facultades para modificar el calendario de implementacion progresiva y nadie hizo nada. Ojala que este adelanto intempestivo no sea una marcha atras en el proceso de reforma, pues si el codigo no funciona para delitos contra la corrupcion de funcionarios en Lima, implicara modificaciones sucesivas y el incio prematuro de la contrareforma.

Jurados en Chubut

En tanto el presidente del bloque oficialista, José Karamarko confirmó que Chubut tiene la facultad para consagrar el juicio por jurado y que no hay problemas en este aspecto porque a pesar de ser una previsión de la Constitución Nacional, el incumplimiento de consagrarlo en el orden nacional no impide que se pueda desarrollar en la provincia.
En cuanto a la composición del juicio por jurado manifestó que debe ser un reflejo de la sociedad, “es decir podrá haber jurados por edades y por profesiones menos la de policía y abogados y deberá estar integrado por un 50% de hombre y otro 50% de mujeres para respetar el género”.
Explicó que no a todos los imputados se le aplicará el juicio por jurado, “no es abarcativo en todas las causas penales ya que el nuevo código procesal penal cuenta con resoluciones alternativas que están dando buenos resultados en Chubut y que está siendo ponderado a nivel nacional, sólo cuando la pena supere los 14 años se aplicará”.

jueves, 10 de junio de 2010

Avance de los Jurados en Chubut

Chubut: Pérez Galimberti evalúa proyecto con diputados

Trelew / Rawson
Juicio por jurados: Pérez Galimberti evalúa proyecto con diputados
10/06/2010 | El defensor general adjunto de la Provincia, Alfredo Pérez Galimberti, asistirá hoy a las 11 a la Legislatura para dar su visión y hacer aportes al proyecto de juicio por jurados que los diputados tienen en análisis hace un par de meses, con la idea de tratarlo antes de fin de año.

Quien confirmó la reunión fue la presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Mariana Ripa, quien dijo que en el marco de «esta ronda de contribuciones», el defensor público «estaba interesado en dar su opinión, y hemos convocado a los legisladores de las dos comisiones a las que fue derivado el proyecto, que son Constitucionales y Hacienda».
Sostuvo que este tipo de encuentros son «de aporte de conocimiento, y de intercambio de información, antes de tratar el proyecto en el ámbito parlamentario», y a futuro la idea «es tener reuniones con los Colegios de Abogados; el doctor Jorge Pfleger también estaría interesado en hacer conocer su opinión».
Ripa destacó que «hay tiempo y hay permeabilidad para recibir estas opiniones y mejorar el proyecto», ya que de salir la ley, «se implementaría recién al año siguiente», ya que si la Nación «hace 150 años que no lo pone en funcionamiento, nosotros bien podemos tomarnos el tiempo que sea necesario».

http://www.elchubut.com.ar/despliegue-noticias.php?idnoticia=132089.

martes, 8 de junio de 2010

Reforma Procesal Penal- Señales


Despacho a la modificación del mecanismo de subrogancias en el poder Judicial
La comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia dio despacho unánime a la modificación del mecanismo de subrogancias del poder Judicial y en igual sentido se expidió sobre la unificación de las cámaras Civil y Criminal de Zapala. El presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Guillermo Labate, invitado a la reunión para explicar los proyectos, descartó cualquier posibilidad de creación de organismos por la situación presupuestaria del poder Judicial. En relación a las subrogancias, señaló que representan el 30 por ciento del salario del magistrado reemplazado y se basó en ese argumento para desmitificar la idea de que generan más gastos que la creación de cargos. En otro orden, el cuerpo que preside el diputado José Russo también dio despacho por unanimidad a la creación de la “Comisión Interinstitucional de Intervención contra la Trata de Personas”. Hacia el final de la reunión, Russo informó sobre la aprobación del despacho que crea el Colegio de Profesionales en Turismo de la provincia.
En su exposición, Labate dijo que el sistema de subrogancias es complejo y genera superposición de funciones. La propuesta, que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial -N° 1436-, incorpora mayor operatividad y flexibilidad al TSJ para subrogar según las necesidades de cada circunscripción judicial. Fija como pautas la especialidad, el orden creciente de numeración de tribunales, la preservación de la garantía de imparcialidad objetiva y subjetiva en materia penal y la cercanía geográfica. De completarse el orden de subrogancia de las circunscripciones más próximas, se debe continuar con un conjuez designado por sorteo. El presidente del TSJ mencionó que la modificación pretende evitar la superposición de tareas y añadió que tiende preservar que “el magistrado que va fallar no intervenga en el proceso”.
Con relación al proyecto de unificación de Cámaras en Zapala, Labate indicó que el pedido –presentado por el propio TSJ- surge a partir de la creación de juzgados multifueros en San Martín de los Andes y Cutral Co, factor que incidió en la disminución del nivel de ingreso de expedientes en la sede zapalina. Subrayó que la medida contribuye a optimizar el recurso humano y adaptar las estructuras.
En otro orden, la comisión entrevistó a Roberto Fernández y Alejandra Barroso, propuestos como defensor oficial de Rincón de los Sauces y jueza de Cámara de la Segunda Circunscripción Judicial, respectivamente. Los candidatos se manifestaron a favor de la reforma del Código Procesal Penal que se lleva adelante en la Legislatura. Ambos pliegos fueron girados a consideración de la Cámara por unanimidad.
A la vez, el cuerpo avaló la creación de la “Comisión Interinstitucional de Intervención contra la Trata de Personas” que apunta a la elaboración de protocolos de trabajo para prevenir, proteger y reinsertar a la víctima de trata. Una de las tareas que tendrá a cargo es garantizar el acceso de las víctimas a servicios de atención médica, psicológica y jurídica.

viernes, 4 de junio de 2010

¿Fiscalía independiente vs. interés público?


Hay consenso sobre que la Fiscalía (quizás debiera decir "Ministerio Público", pero opto por el lenguaje natural, ya que esta es una discusión política) debe ser independiente del poder político. También está claro que entre sus funciones, descuella la defensa del interés público. Ahora bien, ¿No serán contrapuestos estos términos?
Una Fiscalía totalmente aséptica, que no registra los vaivenes de las mayorías, que no se deja llevar por la opinión pública (o publicada), que hace caso omiso a los intereses del gobierno y a los sectores dominantes, suena como una utopía de la independencia. Pero es muy posible que ese diseño la aleje del interés público y la deje pegada a la escala de valores que predomina en el grupo social al que pertenecen las élites jurídicas. No es razonable pensar que los fiscales serán siempre personas virtuosas y sabias y que por tanto, sabrán, querrán y podrán interpretar fielmente el interés público (de hecho, ni siquiera estoy seguro que podamos describir en forma exacta y unívoca en qué consiste el tan mentado "interés público").

Procurando demostrar que no todos pensamos en lo mismo, permítanme ciertas asociaciones libres: interés público > interés general de la comunidad > bien común > bienestar general > orden y moral públicos > opinión pública > escala de valores socialmente aceptada > sano sentimiento del pueblo (ah, no, ese no... ¿o sí?) y algunos etcéteras.
No quiero general malentendidos: aunque no es fácil definirlo, creo firmemente que el interés público (o como se lo llame) debe estar a la cabeza de las preocupaciones de la Fiscalía. Incluso, más que el propio interés de la víctima.
Y esto merece una explicación sólo en apariencia digresiva: coincidiremos en que no siempre el interés de la víctima es armónico con el interés del resto de la comunidad a la que pertenece. Cuando esos intereses divergen, algunos optan por priorizar el interés de la víctima directa (para no revictimizarla en el altar de la comunidad), otros por someter su interés (egoísta) al interés general de la sociedad (que en definitiva, también la incluye). Por lo general, sostenemos que el fiscal es quien debe procurar conciliar o ponderar ambos intereses a la hora de tomar decisiones persecutorias.
Volviendo al centro de la cuestión, en ese balanceo de intereses, se juegan fuertes decisiones políticas y valorativas. A mi juicio, no es bueno dejar sin más esas decisiones en manos de una élite irrepresentativa. No se trata de falta de capacidad, ya que la cuestión es más valorativa que técnica. Es que una fiscalía asépticamente desconectada del pulso de la comunidad, no encontrará respaldo político para sostener sus decisiones, en la enorme zona gris entre "lo correcto" y el error a la hora de ejercer el poder penal.
Creo que por eso los norteamericanos tienen el grand jury: la decisión de acusar o no acusar es también un acto soberano del pueblo, tanto como el de dictar veredicto. El fiscal prepara el caso y lo expone, asesorando al cuerpo de la sociedad representado en esos 24 tipos, sobre los costados jurídicos y las probabilidades a la hora del juicio. Pero la decisión requiere espaldas más anchas que las del erudito funcionario. Y por eso se deja en manos del pueblo.
Concluyendo esta pretensión provocativa: una fiscalía demasiado independiente, recibirá muchas críticas a la hora de tomar decisiones polémicas. Una fiscalía demasiado política, también.
¿Cuál piensan ustedes que es el camino?

miércoles, 2 de junio de 2010

Oficina Judicial Trelew

La provincia de Chubut, en la Argentina, es desde hace un tiempo un lugar de referencia en lo que hace a la implementación de sistemas acusatorios tanto para el país como para la región. Esto se debe a que adicionalmente a la reforma normativa, dicha provincia ha iniciado una transormación organizacional de sus instituciones que ha permitido adecuar las mismas a las prácticas propias de un sistema basado en la producción de audiencias.
Concretamente, el Poder Judicial ha innovado con la creación de Oficinas Judiciales, como entidades encargadas de todo el trabajo no jurisdiccional vinculado con la gestión del sistema.
En el mes de Marzo del corriente año se realizó en Chubut un Congreso cuyo tema central fue "El Proceso Acusatorio y la Gestión Judicial". La Oficina Judicial de Trelew ha obtenido la autorización de los ponentes en dicho Concreso  para la publicación de sus respectivos trabajos, mismos que se encuentran en el blog de dicha instancia. Adicionalmente, la OJ de Trelew incorpora en su blog información interesante sobre el funcionamiento del sistema, de mucha utilidad para quienes trabajan en temas vinculados a la reforma.