jueves, 24 de junio de 2010

COLOMBIA: ¿QUIÉN Y CÓMO DEBE ELEGIR AL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN?

En Colombia, el Fiscal General de la Nación lo designa la Corte Suprema de Justicia de una terna enviada por el Presidente de la República. Esta combinación busca reconocer que el poder ejecutivo debe participar en la elección de la persona que dirige la persecución penal pública pues tiene un rol en la política criminal del Estado, así como, que la rama judicial debe participar en la elección del máximo jefe de la Fiscalía pues ésta pertenece a dicho poder público. En la gran mayoría de países de las Américas, la Fiscalía es un órgano autónomo e independiente de las tres ramas del poder público, y por ello en varios países, la elección del Fiscal General compromete al poder ejecutivo, al legislativo y al judicial.

En Colombia, desde mediados de 2009 no ha sido posible la elección del Fiscal General, pues ninguno de los ternados por el Presidente ha alcanzado la votación requerida en la Corte Suprema de Justicia. Esta situación es nefasta para un país que enfrenta situaciones complejas de criminalidad y necesita un órgano fuerte, sólido y estable para desarrollar la persecución penal pública. Pero, ¿cuál es el motivo por el cual no se ha elegido al Fiscal General? Aunque los innumerables enfrentamientos entre el poder ejecutivo y el judicial pueden influir en esto, existe un debate sobre ¿cuáles deben ser las calidades del Fiscal General y si ellas requieren estar taxativamente determinadas en la ley? En efecto, la mayoría de candidatos presentados por el Presidente adolecen de experiencia en materia penal, por lo que la Corte ha considerado que no son idóneos mientras que el Presidente considera que si lo son, pues cumplen los requisitos establecidos para ser Fiscal entre los cuales no se encuentra tener experiencia o conocimiento en materia penal.

Ello ha generado propuestas para modificar la forma de elección del Fiscal General en Colombia. Algunos proponen que sea el poder ejecutivo quien lo elija, mientras que otros sugieren que el Presidente lo designe de una lista enviada por la Corte Suprema. Sin embargo, creo que dos reflexiones han estado ausentes en el debate. La primera, es que dado que la política criminal es una política de Estado, es necesario que la designación del Fiscal General involucre a las distintas ramas del poder público y no solo a una de ellas. Y la segunda, es que más allá de los requisitos legales para ser Fiscal General, deben existir criterios públicos y objetivos de selección del Fiscal y sentido común en su designación. En efecto, el hecho de que la Constitución no diga que debe ser un penalista no quiere decir que existiendo penalistas de altas calidades se designe a un administrativista; ni tampoco, que no se conozcan los criterios de evaluación y selección utilizados por quien designa al Fiscal General. En resumen, la elección del Fiscal General debería involucrar no solo a las ramas del poder público sino también, debería responder a un proceso de selección objetiva en el que la opinión pública conozca los criterios de evaluación y selección empleados por la autoridad que designa.

Carolina Villadiego Burbano

viernes, 18 de junio de 2010

SEMINARIO SOBRE ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY

4.154 delitos cometidos por menores se registraron en Ecuador durante el 2009, según reportes oficiales. En la provincia de Pichincha se presentaron 669 denuncias en contra de adolescentes infractores, lo que significa el 16,1%; seguidas de Guayas, 12.7%; Manabí 8,4%; Los Rios 7,8%; y, Santo Domingo 6,9%. Estas cifras preocupan tanto a los operadores de justicia, como a la sociedad ecuatoriana.

La Defensoría Pública ha organizado un Seminario Taller sobre adolescentes en conflicto con la ley, con el propósito de analizar las experiencias y buenas prácticas de defensores, jueces y fiscales nacionales y extranjeros en su trabajo con menores infractores.

En el evento, que se realizará el 22, 23 y 24 del presente mes en el paraninfo de la Universidad Andina Simón Bolívar, participarán Marie Pierre Hourcarde, jueza de menores de Francia, Claudia Flores, experta colombiana, Arturo Márquez, Farith Simón, Pablo Valverde y Rodrigo Campaña, de Ecuador, jueces de Colombia, Venezuela, Perú y Bolivia.

En la inauguración intervendrá el Ministro de Justicia, José Serrano y el Director Nacional de la Defensoría, Ernesto Pazmiño, quien resaltó el esfuerzo de la entidad para ampliar paulatinamente los servicios de defensa a los ámbitos de niñez y adolescencia y laboral, sobre la base del Art. 191 de la Constitución.
Asimismo, reiteró en la necesidad de aunar esfuerzos entre las instituciones del ramo para mejorar las perspectivas de reeducación a las/os adolescentes en conflicto con la ley. La contribución de la Defensoría Pública al conocimiento de los operadores de justicia en esta materia contribuirá a la solución de conflictos y al mejoramiento del acceso a la justicia en forma ágil, eficiente y oportuna, anotó.
La capacitación cuenta con el apoyo de la Embajada de Francia y la Cooperación Regional para los Países Andinos.

COLOMBIA: PROBLEMAS POR LA COEXISTENCIA DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y EL SISTEMA INQUISITIVO

En Colombia, la implementación del sistema penal acusatorio se hizo gradualmente entre el 2005 y el 2008, pero hubo falencias en la definición del régimen de derogatoria y vigencia del sistema procesal inquisitivo anterior. Este último conoce todos los hechos delictivos que ocurrieron con anterioridad a la entrada en vigencia del sistema acusatorio, lo que tiene dos implicaciones concretas. La primera, es que la Fiscalía General –que existía antes de la entrada en vigencia del sistema penal acusatorio pues ejercía como “juez de instrucción”- debe tramitar casos tanto en el sistema penal acusatorio como en el régimen anterior, lo que hace altamente improbable que se desprenda de todas las prácticas inquisitivas acuñadas durante años. La segunda, es que el sistema procesal anterior estará vigente varios años pues existen delitos imprescriptibles y otros que prescriben en 18 años.


Lo anterior genera varias consecuencias para la incorporación y apropiación definitiva del sistema penal acusatorio en Colombia. La primera, es que mientras exista el sistema procesal penal anterior y en éste la Fiscalía continúe con funciones judiciales, es altamente improbable que la Fiscalía comprenda que la persecución penal que adelanta en el marco del sistema acusatorio no es una función judicial. La segunda, es que es altamente improbable que se entienda en el marco del sistema penal acusatorio que los fiscales no tienen “independencia judicial”, pues la función de investigación y acusación no es una función judicial. Y la tercera, es que es muy difícil que se logre el cambio cultural requerido para la apropiación definitiva del sistema penal acusatorio mientras existan dos sistemas procesal penales con principios y orientaciones totalmente distintas.


Por este motivo, la Comisión de Reforma a la Justicia sugirió estudiar la necesidad de unificar el esquema procesal penal. A este respecto, una idea interesante es expedir una “ley de caducidad procesal”, es decir, una norma que fije un plazo perentorio después del cual todo hecho punible denunciado, independientemente de la fecha en la que ocurrió, se tramite por el sistema penal acusatorio. Para conocer más información sobre esta propuesta y el Informe Final de la Comisión, véase: http://www.cej.org.co/comision


Carolina Villadiego Burbano


martes, 15 de junio de 2010

Presentaron anteproyecto de reforma del Código Procesal Penal

El proceso de reforma del Código Procesal Penal de la provincia avanza a paso firme en la Legislatura. La coordinadora de la comisión interpoderes, Carla Pandolfi, expuso hoy un informe del anteproyecto que plantea un nuevo Código Procesal Penal ante los diputados de Asuntos Constitucionales y Justicia. En la ocasión, Pandolfi destacó como eje central de la propuesta el reemplazo del actual sistema procesal penal de tipo “inquisitivo reformado” por uno adversarial que incluye los requerimientos constitucionales y pactos internacionales incorporados con la reforma de 1994. El presidente de la comisión, José Russo, explicó que la próxima instancia es la convocatoria a la Comisión Interpoderes para que comience a funcionar específicamente en la elaboración del proyecto final.

Durante la exposición, Pandolfi explicó que el proceso adversarial permitirá dividir las tareas de investigación y juzgamiento que, en el actual sistema, se encuentran concentradas en el juez de instrucción. A la vez, subrayó el rol fundamental de la oralidad en todas las etapas del proceso penal, reforma que promueve la participación ciudadana al permitir la asistencia a las audiencias públicas desde un primer momento. Pandolfi hizo hincapié en el cambio sustancial que implica esa posibilidad ya que en la actualidad, las decisiones se toman por escrito y sólo las partes pueden acceder a ellas.

En otro tramo, la coordinadora detalló como principios básicos del proceso la inmediación, celeridad, bilateralidad, simplicidad, publicidad, transparencia e imparcialidad. Añadió que la iniciativa contempla mecanismos alternativos de solución de conflictos como la mediación, la conciliación y los criterios de oportunidad. “La idea es que los casos más sencillos se resuelvan en las etapas previas al juicio y que sólo vayan a esa instancia las causas más importantes”, argumentó.

Pandolfi señaló que el proceso adversarial consta de tres etapas: la preparatoria, que incluye la investigación ‘deformalizada’, construcción del caso, visión estratégica e identificación de pruebas; la intermedia, donde se produce el control del mérito de la acusación; y la etapa de juicio. La propuesta jerarquiza la tarea de juzgamiento al liberar al juez de toda tarea administrativa y desvincularlo de la responsabilidad persecutoria y probatoria en general, que recaerá en la oficina Judicial y el Ministerio Público Fiscal, respectivamente. Además, reestructura los recursos humanos, introduce el juicio por jurados y propone la creación del Colegio de Jueces y la Oficina judicial, entre otros puntos.

Al explicar los temas pendientes de discusión y decisión política, Pandolfi se refirió a las facultades de la víctima querellante en el proceso penal, la regulación de casos especiales de querellas –“Querella colectiva”-, el ámbito de actuación de los jurados populares y el reconocimiento de la aplicación del derecho indígena para los conflictos intra-comunitarios.

Luego del informe, el diputado Marcelo Inaudi dijo que la reforma “va a ser el paradigma de esta gestión legislativa” y valoró la instancia del juicio por jurados que permitirá “legitimar las decisiones judiciales y promover la participación ciudadana en la administración de justicia”.

El trabajo coordinado por Pandolfi se limitó a los aspectos técnicos de la actualización procesal penal. La Comisión Interpoderes para la Reforma Procesal Penal fue creada por resolución Nº 737/08 y funcionó, en esta etapa, en el ámbito de la Legislatura desde agosto de 2009 hasta marzo de este año. Participan representantes de los tres poderes del Estado, asesores de todos los bloques legislativos, Asociación de Magistrados, Instituto del Colegio de Abogados de Neuquén y la Policía provincial.

lunes, 14 de junio de 2010

Proyecto de Ley Código Procesal Federal

Una vez más (quinto intento desde el Proyecto Maier), volvemos a intentar instalar en el orden federal el proceso penal según Constitución. Pueden acceder con el siguiente link al texto del Proyecto de Ley Código Procesal, expediente 4050-D-2010, firmado por los diputados Albrieu, Rossi y Barrandegui, del FPV, Stolbizer, del GEN, y Vega de la CC, que el día 9 de junio de 2010 ingresó a la Cámara de Diputados.
Este proyecto está basado en el anterior Proyecto INECIP (expte. 2589-D-04, firmado por las diputadas Falbo, Stolbizer y Rodríguez), actualizado y enriquecido con los aportes del Anteproyecto de la comisión del Ministerio de Justicia que coordinó el Dr. Beraldi. En los próximos días comenzaremos a dar una idea de las principales líneas del proyecto.
Bueno, otra vez a discutir reforma federal. Los que estén a favor difundan y defiendan. Los que no estén de acuerdo, opónganse fuertemente y demuestren nuestros errores, que el conocimiento, como dice Foucault que dice Nietszche, es como "una centella que brota del choque entre dos espadas".

Defensa Pública para reclamos de pensiones alimenticias


La mirada esquiva y desconfiada de Rocío se endurece aún más cuando recuerda el juicio en el cual -hace 18 años- la edad que hoy tiene su hija Gabriela, se fijó una pensión de 100 sucres (US$ 4) mensuales para los alimentos de la niña.
El padre de la menor nunca reconoció a su hija ni tampoco la buscó. Ella no lo conoce. Durante el juicio, el abogado del padre de la menor trató a Rocío como “una loca que atrapó al primero que pasaba por la calle y le atribuyó la paternidad de su hija”.
Desde entonces ese monto solo cambió de nombre, de 100 sucres a 4 dólares, que son los que Rocío gasta en un día en transporte en bus para movilizarse desde su casa a los consultorios legales y los juzgados.
De momento su caso es tramitado por una defensora pública que ya ha solicitado el alza de la pensión alimenticia y espera una resolución favorable del juez en una semana.
Decenas de casos como éste se presentan a diario en la Unidad de Defensoría Pública Penal de Ecuador, que desde el 1 de marzo del presente año asumió el patrocinio y defensa de las madres que demandan alimentos para sus hijos.
El Director Nacional de la entidad, Ernesto Pazmiño, subrayó que este servicio es totalmente gratuito y que el pedido pueden realizarlo la madre, el padre o la persona que esté a cargo del menor, para que un juez de la Niñez y Adolescencia fije una pensión mensual de alimentos a favor de un niño, niña o adolescente para gastos de alimentación, vestido, educación, salud, vivienda y recreación.
También pueden solicitarla directamente las personas adultas de 18 a 21 años, que se encuentren estudiando, las madres en estado de embarazo, los adolescentes mayores de 15 años y las personas con discapacidad, de cualquier edad, que no puedan subsistir por sí mismas.
Recordó que, de conformidad con el Código de la Niñez y Adolescencia, el valor de la pensión depende de los ingresos económicos del progenitor y la edad y necesidades del niño(a) o adolescente. La mínima es de US$ 65,28 por un hijo, cantidad que puede ser incrementada por el juez, de acuerdo con las pruebas presentadas en el juicio.
Pazmiño invitó a las madres y personas que están al cuidado de niños, niñas y adolescentes a presentar su demanda, acercándose a las oficinas de la Defensoría Pública y solicitando asesoramiento para llenar los formularios, organizar la documentación y preparar la demanda. Los defensores están capacitados para brindarle un servicio inmediato y de calidad.
La Defensoría ofrece sus servicios gratuitos en todas las provincias del país. Las personas interesadas pueden llamar, sin costo, al teléfono: 1800-DEFENSA (1800-333367) o a los teléfonos de Quito 3237524, Guayaquil 04-2526409 y Cuenca 072 – 808773.
La ampliación de la cobertura del servicio de la entidad, que anteriormente se ocupaba solo del área penal, se sustenta en el Art. 191 de la Constitución de la República del Ecuador.

Una historia de vida y solidaridad

Gábor Iványi, rector del John Wesley Theological College de Budapest (i), Ernesto Pazmiño, Director de la Defensoría Pública (c) y Rafael Pizarro (d).

¿Cuándo me atiende doctor? Le pregunta una guía penitenciaria a Rafael Pizarro en el ingreso al Centro de Rehabilitación Social 3, a donde acudió a visitar a un ciudadano húngaro. Ella no ha olvidado al médico que le atendía gratuitamente durante el tiempo en que Nelson, hijo de Rafael, estuvo detenido.

Nelson, estudiante de filosofía, quien ahora tiene 30 años, estuvo preso desde el 2001, fue condenado a cumplir ocho años de reclusión por tráfico de drogas. “Quería ser rabino. Como parte de mis estudios vine a investigar a las comunidades judías de Ecuador. Cuando retornaba a mi país, unos amigos me pidieron que llevara artesanías a un profesor de la universidad donde estudiaba. Yo no sabía que las figuras de madera contenían droga”, dijo entonces a la prensa.

En el 2007, cuando gozaba de prelibertad, le detectaron un tumor maligno en el testículo derecho. Se sometió a una cirugía. Cuando creyó que su sufrimiento había terminado, el diagnóstico médico determinó que tenía cáncer terminal en el hígado, los riñones y el estómago, pues no se sometió a tiempo una quimioterapia; en la cárcel no podía acceder a una adecuada atención médica.


En su angustia por salvarle la vida, su padre realizó una peregrinación al interior del sistema penitenciario para pedir el indulto. Fue con abogados a la Dirección de Rehabilitación Social, a la Corte de Justicia, ante las autoridades de su país y en noviembre del 2007 la Defensoría Pública Penal escuchó sus pedidos e inició el trámite para concederle la gracia, que le fue dada el 18 de mayo de 2008 por el presidente de la República, Rafael Correa, a través del decretro 1095.

En abril, la comisión médica que llevó el Ministerio de Justicia a las cárceles constató la deplorable situación en la que viven los reos, muchos de ellos se debaten entre la vida y la muerte sin medicinas, alimentación adecuada ni cuidados médicos.


Su padre dice que vivió una etapa muy dura, pues desde que su único hijo fue detenido debía pagar a un interno de $ 100 a $ 300 “para que lo cuide y no le hagan daño”. Incluso llegó a comprar la celda. “Cuando mi hijo estaba en el pabellón C de la cárcel 1 tuve que comprar el lugar”. Al poco tiempo “se aprovecharon de que yo salí del país y lo botaron de ese sitio para venderle a otra persona”.

Ya en Hungría; Nelson fue sometido a un nuevo tratamiento y varias operaciones. Recuperó no solo su salud, sino su familia y su alegría. Ahora dicta conferencias en colegios y universidades de varios países de Euuropa, contando a los jóvenes su experiencia y alertándolos sobre los peligros de las drogas.

Pasaron ya dos años, para Rafael los malos recuerdos quedaron atrás y es hora de ayudar a sus compatriotas que viven circunstancias difíciles en las cárceles de Ecuador y otros países de América Latina. En Quito visitaron a las y los ciudadanos húngaros y rumanos que están privados de libertad, a fin de ayudarles con sus procesos, entregarles víveres, vituallas y, sobre todo, el consuelo de una voz amiga que, en su idioma, renueva la esperanza de vida y de libertad.


Noemí Ulloa desde Ecuador.