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jueves, 24 de junio de 2010

COLOMBIA: ¿QUIÉN Y CÓMO DEBE ELEGIR AL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN?

En Colombia, el Fiscal General de la Nación lo designa la Corte Suprema de Justicia de una terna enviada por el Presidente de la República. Esta combinación busca reconocer que el poder ejecutivo debe participar en la elección de la persona que dirige la persecución penal pública pues tiene un rol en la política criminal del Estado, así como, que la rama judicial debe participar en la elección del máximo jefe de la Fiscalía pues ésta pertenece a dicho poder público. En la gran mayoría de países de las Américas, la Fiscalía es un órgano autónomo e independiente de las tres ramas del poder público, y por ello en varios países, la elección del Fiscal General compromete al poder ejecutivo, al legislativo y al judicial.

En Colombia, desde mediados de 2009 no ha sido posible la elección del Fiscal General, pues ninguno de los ternados por el Presidente ha alcanzado la votación requerida en la Corte Suprema de Justicia. Esta situación es nefasta para un país que enfrenta situaciones complejas de criminalidad y necesita un órgano fuerte, sólido y estable para desarrollar la persecución penal pública. Pero, ¿cuál es el motivo por el cual no se ha elegido al Fiscal General? Aunque los innumerables enfrentamientos entre el poder ejecutivo y el judicial pueden influir en esto, existe un debate sobre ¿cuáles deben ser las calidades del Fiscal General y si ellas requieren estar taxativamente determinadas en la ley? En efecto, la mayoría de candidatos presentados por el Presidente adolecen de experiencia en materia penal, por lo que la Corte ha considerado que no son idóneos mientras que el Presidente considera que si lo son, pues cumplen los requisitos establecidos para ser Fiscal entre los cuales no se encuentra tener experiencia o conocimiento en materia penal.

Ello ha generado propuestas para modificar la forma de elección del Fiscal General en Colombia. Algunos proponen que sea el poder ejecutivo quien lo elija, mientras que otros sugieren que el Presidente lo designe de una lista enviada por la Corte Suprema. Sin embargo, creo que dos reflexiones han estado ausentes en el debate. La primera, es que dado que la política criminal es una política de Estado, es necesario que la designación del Fiscal General involucre a las distintas ramas del poder público y no solo a una de ellas. Y la segunda, es que más allá de los requisitos legales para ser Fiscal General, deben existir criterios públicos y objetivos de selección del Fiscal y sentido común en su designación. En efecto, el hecho de que la Constitución no diga que debe ser un penalista no quiere decir que existiendo penalistas de altas calidades se designe a un administrativista; ni tampoco, que no se conozcan los criterios de evaluación y selección utilizados por quien designa al Fiscal General. En resumen, la elección del Fiscal General debería involucrar no solo a las ramas del poder público sino también, debería responder a un proceso de selección objetiva en el que la opinión pública conozca los criterios de evaluación y selección empleados por la autoridad que designa.

Carolina Villadiego Burbano

viernes, 18 de junio de 2010

COLOMBIA: PROBLEMAS POR LA COEXISTENCIA DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y EL SISTEMA INQUISITIVO

En Colombia, la implementación del sistema penal acusatorio se hizo gradualmente entre el 2005 y el 2008, pero hubo falencias en la definición del régimen de derogatoria y vigencia del sistema procesal inquisitivo anterior. Este último conoce todos los hechos delictivos que ocurrieron con anterioridad a la entrada en vigencia del sistema acusatorio, lo que tiene dos implicaciones concretas. La primera, es que la Fiscalía General –que existía antes de la entrada en vigencia del sistema penal acusatorio pues ejercía como “juez de instrucción”- debe tramitar casos tanto en el sistema penal acusatorio como en el régimen anterior, lo que hace altamente improbable que se desprenda de todas las prácticas inquisitivas acuñadas durante años. La segunda, es que el sistema procesal anterior estará vigente varios años pues existen delitos imprescriptibles y otros que prescriben en 18 años.


Lo anterior genera varias consecuencias para la incorporación y apropiación definitiva del sistema penal acusatorio en Colombia. La primera, es que mientras exista el sistema procesal penal anterior y en éste la Fiscalía continúe con funciones judiciales, es altamente improbable que la Fiscalía comprenda que la persecución penal que adelanta en el marco del sistema acusatorio no es una función judicial. La segunda, es que es altamente improbable que se entienda en el marco del sistema penal acusatorio que los fiscales no tienen “independencia judicial”, pues la función de investigación y acusación no es una función judicial. Y la tercera, es que es muy difícil que se logre el cambio cultural requerido para la apropiación definitiva del sistema penal acusatorio mientras existan dos sistemas procesal penales con principios y orientaciones totalmente distintas.


Por este motivo, la Comisión de Reforma a la Justicia sugirió estudiar la necesidad de unificar el esquema procesal penal. A este respecto, una idea interesante es expedir una “ley de caducidad procesal”, es decir, una norma que fije un plazo perentorio después del cual todo hecho punible denunciado, independientemente de la fecha en la que ocurrió, se tramite por el sistema penal acusatorio. Para conocer más información sobre esta propuesta y el Informe Final de la Comisión, véase: http://www.cej.org.co/comision


Carolina Villadiego Burbano


lunes, 31 de mayo de 2010

COLOMBIA: PROPUESTAS DE LA COMISIÓN DE REFORMA A LA JUSTICIA EN MATERIA PENAL

En Colombia soplan vientos de reforma a la justicia. Tal vez por ello, el Gobierno Nacional convocó en diciembre de 2009 una Comisión de Expertos en Reforma, compuesta por magistrados y ex magistrados de la rama judicial. Ésta emitió su informe preliminar en abril de 2010, recibe comentarios en la página web de la Corporación Excelencia en la Justicia, y entregará su informe final en junio 10.

Dos propuestas de la Comisión son de gran interés para el efectivo funcionamiento del sistema penal acusatorio. La primera, consiste en realizar un gran “Pacto o Acuerdo Nacional por la Justicia” que, a través de un “compromiso sistemático de largo plazo”, promueva a la Justicia como política de Estado. Tal vez por ello, se sugiere adoptar medidas extraordinarias y urgentes para evitar que el sistema penal acusatorio colapse.

La segunda propuesta se relaciona con la función de la persecución penal. La Comisión propone que Colombia comprenda, de una vez por todas, que en el marco del sistema penal adversarial ésta no es una función judicial, por lo cual debe:

i) Reformar la Constitución para eliminar las funciones “judiciales” que, por vía excepcional, aún mantiene la Fiscalía General en el marco del sistema penal acusatorio y;
ii) Eliminar el concepto de “autonomía del fiscal”, derivado del de “independencia judicial” por la pertenencia de la Fiscalía a la rama judicial; e implementar como regla general, la “Unidad de Gestión, Dirección, Control y Jerarquía en cabeza del Fiscal General”.
Carolina Villadiego Burbano

lunes, 24 de mayo de 2010

COLOMBIA: ¿DÓNDE DEBE ESTAR UBICADA LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN?

En Colombia, la Fiscalía General de la Nación hace parte de la rama judicial por disposición de la Constitución Política de 1991, y no es un organismo autónomo en la estructura del Estado como en varios países de la región. La Fiscalía se implementó en el marco de un sistema procesal penal de tendencia inquisitiva en el que los fiscales tenían funciones judiciales, varios años antes que se implementara el sistema penal acusatorio. Pero con la implementación de este último, la pertenencia de la Fiscalía a la rama judicial ha generado varios inconvenientes. Uno de ellos, es que los fiscales consideran que sus funciones son equivalentes a las de los jueces y por ello tienen “autonomía judicial”, lo que hace difícil que comprendan que la persecución penal pública no es una función judicial.


En la campaña presidencial colombiana se debate si la Fiscalía debe continuar en la rama judicial o si debe estar en otra estructura estatal. Los candidatos más opcionados han tomado partido: Juan Manuel Santos, siguiendo el modelo de Estados Unidos, propone que pertenezca al poder ejecutivo ya que éste tiene el control del orden público y la función de prevenir y combatir la delincuencia; y Antanas Mockus, propone que se mantenga en la rama judicial, tal vez porque actualmente realiza investigaciones en contra de funcionarios públicos, y por ello, cualquier propuesta que implique su traslado al ejecutivo genera suspicacias. Hay quienes se suman al debate: algunos penalistas consideran que debe pertenecer al poder ejecutivo, mientras que la Comisión de Reforma a la Justicia sugiere que se mantenga en la rama judicial.


Es probable que Colombia aún no cuente con suficiente madurez democrática como para tener una Fiscalía que pertenezca al poder ejecutivo y tenga la independencia suficiente para investigar a funcionarios públicos. Es probable también, que en todo caso la Fiscalía requiera una reforma que erradique las funciones judiciales que aún mantiene y la idea de “autonomía judicial” arraigada en los fiscales. Por ello, en caso que se realice una reforma, es posible que convenga seguir la tendencia regional y establecer a la Fiscalía General como organismo autónomo en la estructura del Estado.

Carolina Villadiego Burbano

martes, 18 de mayo de 2010

PROPUESTAS DE LOS CANDIDATOS A LA PRESIDENCIA EN COLOMBIA ACERCA DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO

Este año 2010 Colombia elige nuevo Presidente de la República y el sistema penal acusatorio está en la mira de algunos candidatos a la presidencia. Sus propuestas alrededor del sistema penal van, desde fortalecer la labor investigativa de la Fiscalía General de la Nación y la Policía Judicial, hasta reformar el sistema penitenciario y luchar de manera decidida contra el crimen organizado. Se destacan entre las diferentes propuestas de cada candidato:
  • Fomentar la rendición anual de cuentas de la Fiscalía General de la Nación y el Consejo Superior de la Judicatura para que expliquen la cantidad de imputaciones y condenas existentes por delito; Consolidar la política criminal del Estado, y Fortalecer los mecanismos e instrumentos de investigación contra el crimen organizado: Candidato Antanas Mockus
  • Diseñar procedimientos especiales para la extinción de dominio y el terrorismo; Trasladar la Fiscalía General de la Nación al Poder Ejecutivo, e Incrementar los requisitos de elección del Fiscal General: Candidato Juan Manuel Santos
  • Potenciar la labor investigativa de la Policía, y Evitar la extradición de narcotraficantes que brinden información eficaz a la justicia: Candidato Gustavo Petro
  • Crear un sistema para la medición de la impunidad, y Generar mayores cupos carcelarios para disminuir el hacinamiento: Candidata Noemí Sanín
  • Fortalecer la Policía Judicial para mejorar la labor investigativa de la Fiscalía General, y Otorgar sanciones ejemplares para quienes, con su negligencia, dilaten el proceso penal: Candidato Germán Vargas Lleras
  • Sancionar a abogados y funcionarios judiciales que, con sus actuaciones, permitan el vencimiento de términos procesales; y Reformar integralmente el sistema penitenciario y carcelario: Candidato Rafael Pardo
Para más información sobre las propuestas en materia de justicia de los candidatos a la Presidencia en Colombia, ingrese a: http://www.cej.org.co/comparativovotoenjusticia2010

Carolina Villadiego Burbano